Nuestra Misión
La finalidades principales de la AFUN CAJ BIOBIO serán las siguientes:
- Promover el mejoramiento económico de sus Afiliados y de las condiciones de vida y de Trabajo, en el marco de la normativa vigente.
- Procurar el perfeccionamiento de sus Asociados, en los aspectos material y espiritual, así como también la recreación y el esparcimiento de ellos y de sus grupos familiares.
- Recabar informacion sobre la acción de la Corporación de Asistencia Judicial, de los planes, programas y resoluciones relativos a sus Funcionarios.
- Hacer presente, ante las autoridades competentes, cualquier incumplimiento de las normas que establezcan derechos y obligaciones para los Funcionarios.
- Dar a conocer a la autoridad sus criterios sobre políticas y resoluciones relativas al personal, a la carrera funcionara, a la capacitación a materias de interés general para la Asociación y sus Asociados.
- Representar a los Funcionarios en los organismo y entidades en que la Ley les concede participación. Podrá, a solicitud del interesado, asumir la representacion de los Asociados deducir, ante la Contraloría General de República, el recurso de reclamación establecido en el Estatuto Administrativo, o ante el Juzgado del Trabajo competente, las acciones judiciales que fueren procedentes de conformidad a las leyes Laborales.
- Realizar acciones de Bienestar, de Orientación y de formación gremiales, de capacitación o de otra índole, dirigidas al perfeccionamiento y a la recreación o al mejoramiento social de sus Afiliados y de sus grupos familiares.
- Prestar asistencia y asesor técnicamente a sus Asociados y a sus grupos familiares. Los Asociados podrán otorgar también tal asistencia a los trabajadores pasivos que hubieren sido miembros del respectivo servicio o institución, si así lo solicitaren, y también procurarles recreación y esparcimiento a tales pasivos y a sus grupos familiares.
- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos y otros servicios y participar en ellos. Estos servicios podrán consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción, socioeconómicas y otras.
- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, y participar en ellas.
- Establecer centrales de compra o economatos.
- Promover, por sí, en conjunto con otras organizaciones superiores a la que se encuentre afiliada, reformas a la legislación laboral y previsional tendientes a perfeccionar el ejercicio de los derechos y beneficios de todos los Trabajadores del país.
- Promover, por sí, en conjunto con otras organizaciones y/o a través de las organizaciones superiores a la que se encuentre afiliada, reformas en las Leyes que permitan un mejorado acceso a la justicia de todos los sectores del país.
- En general, todas aquellas actividades contempladas en los estatutos y que no estuvieren prohibidas por ley, para la realización de sus finalidades, la Asociación puede celebrar convenios con personas naturales, públicas o privadas, internacionales o instituciones nacionales.
La Asociación no tendrá fines de lucro, sin perjuicio de que sus actividades puedan generar utilidades, las que deberán ser invertidas en el cumplimiento de sus objetivos.