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Trabajadores CAJs advierten: Retención del 10% muestra que se cobran pensiones que no debiesen

Entregando prioridad a estas situaciones. Así han enfretado los trabajadores de las CAJ los trámites de retención del 10% de las AFPs y que ha develado otra consecuencia mayor: “la mayoría de estos casos se encuentran pendientes, lo que da cuenta que las personas no gestionan el término de sus causas judiciales en torno a los temas de pensioens alimentiacias.

Ervis Bahamondes, abogado jefe del Consultorio Jurídico de Puerto Aysén.

Así lo explica Ervis Bahamondes, abogado jefe del Consultorio Jurídico de Puerto Aysén, donde desde la atención remota han podido resolver conflictividades de este tipo a personas con domicilio en islas muy alejadas. “Por eso el trabajo de la Corporación no se restringe solamente a solicitar la retención del 10%”, enfatiza.

Pese a que el profesional de la AFUNBIOBIO, que reune a los profesionales de las CAJs desde Ñuble a Cohaique, califica la plataforma de atención (Oficina Judicial Virtual) de fácil uso, el proceso ha descubierto situaciones complejas “debido a que existe una inveterada situación de los chilenos de no dar término a su problema y dejarlo en el aire”. reiteró. 

-¿Cuáles son los casos que mejor ejemplifican esta situación?

-Hay muchas situaciones de pensión alimenticia que no deberían estar siendo pagadas. Casos como el de una alimentaria que sigue recibiendo la pensión pese a que cumplió la edad, terminó estudios o, incluso, vive con el alimentante y el que cobra es una tercera persona. Tenemos otras situaciones como que un alimentante paga pensión directamente a los alimentarios que son mayores de edad y la que hace la retención judicial es la madre de ellos. Estas retenciones han dejado entrever la discusión de qué es lo que realmente se adeuda… Ha habido muchos casos de personas que tienen deudas aparentemente muy altas en la cuenta abierta en el Banco del Estado destinada a ello, pero que pagan en Cuenta Rut o directamente al alimentario. Otros casos; quieren cobrar la pensión alimenticia al padre con quien vivió durante mucho tiempo y, sin embargo, mantenía una deuda cuantiosa… para exigir este pago, por ejemplo, se debe indicar el tiempo de convivencia porque entendemos que no podemos cobrar un dinero que no se debía pagar. Es lo que se denomina en materia civil pago de lo no debido. Debemos evitar situaciones injustas. 

-¿Qué trámites hay que hacer para regularizar?

-Se puede hacer de dos maneras: el de la oposición a la liquidación o como una excepción de pago de alimentos, como el pago por compensación… 

-Pudiera ser que se deba menos de lo que se dice…?

-Nos hemos dado cuenta, todo Chile, que la masa de deuda que existe por pensión alimenticia el altísima. Tenemos el caso de un alimentario cuya deuda supera los ocho millones de pesos.

-¿Puede llegar a ser un trámite realmente engorroso?

-Lo que entendemos nosotros en la Corporación es que nuestra función no solamente es cobrar esa pensión alimenticia atrasada, sino dar solución a los problemas de las personas para que ellos no permanezcan en un permanente conflicto.

-¿Cómo perciben esta tendencia de cobros de dineros que no se debería pagar por alimentos?

-Hoy la Oficina Judicial Virtual permite darnos cuenta que la mayoría de estos casos se encuentran pendientes, sin término… La gente cree que porque el hijo dejó de estudiar ya no tiene que pagar pensión alimenticia. Claro, legalmente sí, pero el Tribunal debe decretarlo. Son situación que dan cuenta que las personas, la mayoría de las veces, no gestionan adecuadamente el término sus causas y esta conflictividad que genera hace que el trabajo de la Corporación normalmente no se restringe solamente a solicitar la retención del 10%. 

-¿Hay responsabilidad del lado de las AFPs?

-Hay casos en que las AFPs se han demorado en poner a disposición dichos fondos retenidos por falta de notificación o porque la liquidación todavía no está firme, no ha sido notificado el alimentante o simplemente por decidia administrativa. Tenemos un caso donde después de tres veces haber reiterado el Tribunal la orden de que la AFP pusiera el dinero a disposición en una cuenta, no lo hizo y se multó. 

-¿Recomendaciones a seguir para los usurios?

-Acudir a un abogado en la CAJ y familiarizarse con la página de la Oficina Judicial del Poder Judicial a través de la clave única. La primera recomendación es que las personas no dejen de lado sus trámites, sino que estén preocupados en poner término al litigio. Y segundo, que vayan a la Corporación porque nosotros tenemos la mejor disposición y conocimiento para orientar a las personas de cómo hacer este tipo de trámites.